jueves, 10 de abril de 2014

Implicaciones legales de la impresión en 3D.


La semana pasada participé en el II Congreso de Propiedad Industrial e Intelectual que organizó FIDE con una ponencia sobre cuestiones jurídicas de la impresión en tres dimensiones. A continuación está el resumen de mi intervención.

Hace más de 30 años que Chuck Hull inventó la técnica de impresión en tres dimensiones. En los últimos años la expansión de esta tecnología ha sido imparable. Ahora mismo se usa para fabricar prótesis, robots, zapatos, ropa e incluso comida. Sirva un dato para darnos cuenta de la magnitud del fenómeno: Boeing usa la impresión 3D para fabricar más de 22.000 piezas de sus aviones civiles y militares. Prácticamente cada día aparece publicado una nueva utilidad de la impresión 3D.

El proceso empieza a partir de un archivo digital creado por uno mismo o tomado de uno de los muchos repositorios existentes en internet. Lo característico de esta técnica es que ese diseño digital va “tomando cuerpo” desde abajo hacia arriba, por capas que se van fusionando según salen de la impresora. En cuanto a los materiales, el más típico es el plástico, en sus múltiples variedades, pero también se puede usar metal, papel, chocolate u otros alimentos, en el caso de los dispositivos para comida.

Como podemos ver se trata de máquinas que permiten hacer casi cualquier cosa y todos los estudios apuntan a que tendrá un crecimiento exponencial a medio y largo plazo. De hecho, en los últimos años se han producido varios factores que han contribuido a la difusión de estos dispositivos. Por un lado, las impresoras han ido bajando el precio y mejorando la calidad y usabilidad gradualmente. Ahora es posible comprar impresoras potentes por menos de $1000. Añadido a lo anterior, existen muchas páginas que ponen a disposición de los usuarios un repositorio de archivos digitales listos para imprimir o para modificar (uno de los más conocidos es Thingiverse, que los ofrece bajo licencia Creative Commons).

Como era previsible, los problemas legales no han tardado en aparecer. Por un lado, la oficina de patentes americana (USPTO) ha recibido más de 7000 solicitudes de patentes relacionadas con impresión 3D y la previsible guerra de patentes no ha tardado en surgir. Ahora mismo, dos de las empresas más importantes -Stratasys y Afinia- están enzarzadas en un pleito por infracción de patentes relacionadas con la forma en que se fusionan los materiales.

Hace unos meses salió a la luz que Cody Wilson, un estudiante de derecho americano, había sido capaz de construir una pistola que era capaz de disparar proyectiles haciendo saltar todas las alarmas porque además colgó los planos para que cualquier le pudiera imitar, los cuales fueron descargados más de 100.000 veces.

La piratería es otro de los aspectos más preocupantes de esta nueva tecnología. Gartner estima que provocará pérdidas de más de 100 billones anuales. Lo curioso en este caso es que la piratería va de lo intangible a lo tangible, justo al revés de lo que había ocurrido hasta la fecha con los contenidos musicales y audiovisuales.
 
Otro aspecto relacionado son los escáneres en tres dimensiones, que sirven para escanear objetos o personas y generar archivos digitales que luego pueden ser imprimidos en 3D. Estos dispositivos tienen una problemática jurídica propia relacionada con la intimidad y los derechos de imagen e incluso plantean dudas como por ejemplo si la imagen escaneada puede ser objeto de copyright (parece que la respuesta inicial debería ser negativa puesto que no existe originalidad suficiente para ser protegida por derechos de autor).

Teniendo en cuenta las amenazas que les vienen encima, los negocios potencialmente afectados están trabajando en la estrategia para minimizar el daño. Uno de los sectores más vulnerables es el juguetero. Una de las opciones que podrían tener empresas consolidadas como Lego es licenciar algunos derechos sobre sus muñecos o bloques, de forma que los usuarios pudieran acceder a esos archivos digitales (de forma gratuita, pagando o en modo freemium) para poder imprimir en casa piezas de calidad muy parecida al original. Además, Lego podría establecer en las condiciones generales de licencia el derecho de poder comercializar las mejoras u obras derivadas que puedan haber realizado los usuarios y que sean de su interés.

En cuanto a las propuestas legales, parece claro que antes o después habrá que proceder a controlar y autorizar las impresoras 3D antes de que se comercialicen, así como a regular el escáner 3D y los usos ilícitos de ambos dispositivos.

El tema de la responsabilidad por los fallos de la impresora o del producto impreso también deberían ser objeto de atención por parte del legislador, aunque el caso se complica porque los fallos podrían venir de: a) el fabricante del dispositivo b) el fabricante de los materiales utilizados para la impresión c) el creador del archivo digital que se utiliza y/o d) el usuario final que comercializa los productos imprimidos en casa.

Otro aspecto que se están debatiendo en EEUU y que convendría empezar a analizar aquí es la conveniencia de importar figuras o instituciones de la propiedad intelectual a la propiedad industrial. Sería una de las formas de hacer frente a los enormes desafíos que la impresión en 3D plantea sobre los derechos de patentes y marcas. Me refiero a temas como el fair use, la copia privada, la responsabilidad de los intermediarios por infracciones o el concepto de obra derivada, que en principio parecen alejados de la propiedad intelectual.

De hecho, profesores como Davis Doherty, de la Harvard Law School, están sugiriendo aprobar una Digital Millennium Patent Act y están planteando crear “Inventive Commons”, réplica del Creative Commons, que actue como una gran base de datos de diseños en 3D que no podrían ser patentados y que estarían a disposición del público, para favorecer la creatividad de cualquier persona interesada.

Otras propuestas doctrinales que están sobre la mesa son la de establecer la figura del “inventor independiente inocente” (para infracciones sin dolo) o la fijar un umbral por debajo del cual no existiría vulneración de patentes o marcas.

En cualquier caso, lo que parece claro es que el legislador debe seguir atentamente este fenómeno de la impresión en 3D para regularlo de la forma más adecuada y en el momento oportuno.

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